Desde la entrada en vigor del Brexit las operaciones de expedición e introducción con el Reino Unido, como todos sabemos, se han convertido en EXPORTACIONES e IMPORTACIONES, provocando un nuevo coste administrativo y un quebradero de cabeza a las empresas que perciben la dificultad de estos movimientos y cambia totalmente la agilidad de las transacciones.
La Aduana está remitiendo a no pocos operadores Requerimientos Informativos que prueben la recepción en destino de la mercancía remitida.
El problema es que este cambio de realidad no ha sido debidamente aceptado por algunos transportistas que siguen teniendo en mente la anterior condición de Reino Unido como miembro comunitario de la UE y no ultiman el tránsito adecuadamente, como consecuencia de ello la AEAT (Aduana) acaba invalidando la exportación, no aceptando como prueba la facturación de la mercancía.
¿Cómo probar esa exportación?
Actualmente el albarán de entrega sellado
o los CMRs
son algunos de los documentos que sí se consideran válidos para demostrar la recepción de la mercancía.